VIDA LABORAL
¿Y TU YA RECIBISTE TU REPARTO DE UTILIDADES?
Por Yoselin Ocampo
Estaba platicando hace algunos días con empleados de una
empresa que tiene una gran demanda en sus productos en la ciudad de Pachuca
Hidalgo. Y me comentaron que su jefe directo o el dueño de esta empresa no les
había entregado lo que les corresponde de sus utilidades o bien dicho ni un
sólo peso de estas. Ellos cumplen a diario con sus actividades laborales,
horarios a tiempo y más.
La mayoría sabemos que estas “utilidades" son un
derecho constitucional que tenemos los trabajadores y debemos precibir un
porcentaje de las ganancias de una empresa que en su mayoría son del 10%.
Además de que el reparto de utilidades se debe entregar a más tardar el 29 de
junio. Las percibimos quienes tenemos una relación de trabajo subordinado y
llevamos al menos 60 días en la empresa, pero no podrán percibidas gerentes,
directores etc. Y empresas que sólo llevan un año están exentas de las
utilidades, para todas las demás es una obligación, que si no cumplen podrían
ser multadas.
Así que si estas brindando tus servicios a una empresa y no
sabías del reparto de utilidades o bien si ya trabajas en una pero no te han
hecho la entrega de éstas, tienes un año a partir del día siguiente a la fecha
límite para reclamar el pago de estas de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.
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